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OPOSICIONES: CONVOCATORIA PROCESO SELECTIVO TURNO LIBRE CUERPOS GENERALES OEP 2020-2021-2022

    Se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

    19/12/2022.
    Ministerio de Justicia. Oposiciones

    Ministerio de Justicia. Oposiciones

    Se convoca proceso selectivo para cubrir por el turno libre, a través del sistema de oposición, 1.091 plazas en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, 1.191 plazas en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y 592 plazas en el Cuerpo de Auxilio Judicial, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 936/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2020, en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para oferta de empleo público para el año 2022.

    La convocatoria de las plazas se llevará a cabo conjuntamente en todo el territorio nacional, de acuerdo con la distribución territorial, entre el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia y las distintas Comunidades Autónomas con competencias asumidas en medidos personales. Los aspirantes, dentro de cada Cuerpo, podrán concurrir por uno de estos ámbitos territoriales.

    Cuando el número de plazas o el mejor desarrollo de los procesos selectivos lo aconseje, se podrán agrupar las vacantes correspondientes a uno o varios territorios, solamente a efectos de la ejecución del proceso selectivo. Así, aunque las personas aspirantes se examinen en una sede territorial diferente a la del ámbito por el que concurren, de resultar aprobados o aprobadas en la convocatoria, serán destinados o destinadas obligatoriamente a alguna de las vacantes radicadas en el ámbito territorial que hubieran expresado en su solicitud.

    Del total de las plazas convocadas se reservarán 77 plazas del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, 83 plazas del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y 41 plazas del Cuerpo de Auxilio Judicial, con la distribución territorial reflejada en el anexo II, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo por el que se presenten y superen las pruebas selectivas.

    Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden desiertas no se acumularán a las del sistema general de esta convocatoria.

    Las personas aspirantes que opten por el cupo de reserva de personas con discapacidad habrán de indicarlo en la solicitud de participación en la respectiva convocatoria. Quienes soliciten participar por el cupo reserva de personas con discapacidad, únicamente podrán presentarse por este cupo.

    De la misma manera, las personas aspirantes que hubieran optado por el sistema general no podrán cambiar al cupo de reserva para personas con discapacidad. Excepcionalmente, quienes hubieran solicitado la condición legal de personas con discapacidad antes del día de la publicación de la presente convocatoria y que hubieran obtenido el reconocimiento del grado de discapacidad con posterioridad a la finalización de la presentación de instancias, podrán solicitar cambio cupo dentro de su mismo ámbito territorial de elección hasta el día de la publicación de la relación provisional de personas admitidas y excluidas.

    Las personas aspirantes sólo podrán participar por un único ámbito territorial y, en caso de superar el proceso selectivo, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto.

    No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada la solicitud, salvo para el caso de que se produjeran vacantes en un determinado ámbito territorial, en cuyo caso se ofrecerá relación complementaria a los aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios en la fase de oposición y valorados sus méritos en la fase de concurso, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.

    Así, de este modo, si en un ámbito territorial hubiese aspirantes que habiendo obtenido la puntuación mínima fijada para cada uno de los ejercicios de la oposición y habiendo sido baremados sus méritos no superasen el proceso selectivo al venir el número de personas aprobadas limitado por el número de plazas convocadas en ese ámbito territorial y en otro ámbito territorial hubiesen quedado plazas sin cubrir, estas plazas vacantes podrán ser ofertadas a los aspirantes que superaron los ejercicios, pero no la oposición, en su ámbito, de mayor a menor nota, debiendo manifestar expresamente su conformidad con el cambio de ámbito territorial y su inclusión a continuación del último o última candidata que aprobó por el ámbito en el que le ha ofertado la plaza vacante existente. Si la persona aspirante con la nota más alta rechazase esta posibilidad, se pasará a la siguiente y así sucesivamente.

    No se admitirá la modificación del ámbito territorial elegido una vez presentada la solicitud, sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente.

    El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de oposición.

    La nota mínima para superar cada uno de los ejercicios, que tienen carácter eliminatorio, será del 50 % de la nota máxima posible del respectivo ejercicio.

    En ningún caso podrá declararse superado el proceso selectivo en cada ámbito a un número mayor de aspirantes que el de plazas objeto de esta convocatoria, siendo nulas de pleno derecho las propuestas de personas aprobadas que contravengan esta limitación.

    El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.

    Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el «Boletín Oficial del Estado» y en los boletines oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

    Documentación asociada
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